Corte exonera del impuesto a beneficiarios de Afore tras muerte del trabajador
La Suprema Corte determinó que los retiros de cuentas individuales por herederos son equiparables a una herencia y, por tanto, quedan fuera del gravamen.
Los familiares que cobren los ahorros de un trabajador fallecido en su Afore ya no tendrán que pagar impuesto sobre la renta, resolvió ayer la Suprema Corte de Justicia de la Nación. La Corte definió como criterio obligatorio que esos recursos están exentos porque se equiparan a una herencia o legado, explicó la propia SCJN.
En la práctica, esto cambia la situación de quienes hasta ahora enfrentaban retenciones o disputas fiscales al reclamar esos fondos. La decisión obliga a las autoridades fiscales y al sistema de pensiones —incluyendo al SAT y a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar)— a aplicar este criterio en sus procedimientos, según lo señaló la resolución de la Corte.
¿Qué significa para las familias? Imagina que la cuenta de Afore de un ser querido es como una caja fuerte con ahorro familiar: antes, al abrirla los herederos a veces tenían que pagar un impuesto; ahora la Corte dice que esa caja forma parte de la herencia y no debe gravarse. En términos reales, beneficiarios deberán recibir el monto íntegro y, si ya pagaron ISR por ese concepto, podrán explorar vías para solicitar la devolución.
La medida tiene alcance práctico y jurídico: es un avance en protección social para familias que dependen de esos recursos, pero también plantea tareas para autoridades y Afores, que tendrán que adaptar trámites y orientación. La Consar y el SAT serán piezas clave para emitir criterios y facilitar el acceso a la devolución cuando proceda.
Especialistas y defensores de derecho al retiro han celebrado que la decisión ponga claridad, aunque advierten que hará falta atención para evitar trámites engorrosos y demoras administrativas. Para quienes se vean en esta situación, lo recomendable es comunicarse con su Afore y revisar con el área de atención sobre documentación necesaria; en caso de dudas, la resolución de la Suprema Corte puede ser la base para exigir el derecho.
La decisión de la SCJN no elimina debates sobre el sistema de pensiones en su conjunto, pero sí marca un paso concreto: proteger el ahorro de los trabajadores en el momento más sensible, cuando sus familiares lo necesitan para gastos funerarios, de subsistencia o para asegurar su futuro. Como siempre, los afectados deben mantenerse informados y exigir que las instituciones públicas cumplan la nueva orientación establecida por la Corte.
Fuentes: Suprema Corte de Justicia de la Nación, Consar y Servicio de Administración Tributaria.
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